El proyecto no había quedado descartado, sino solo
pospuesto, cuando se decidió no ponerlo en práctica en Toay, en la 5ta fecha del
campeonato, el 20 de abril pasado. La
ACTC decidió hacer una carrera con cambio de neumáticos
obligatorio para la 10° fecha, el 10 de agosto.
El siguiente es el texto del reglamento publicado este
jueves:
Atento la evaluación y la decisión efectuada por la Comisión Directiva
de la ACTC con
el objetivo de dinamizar el desarrollo de las competencias y como una prueba
piloto -todo de acuerdo con las
facultades emergentes del art. 2° del
actual Reglamento de Campeonato de Turismo Carretera - se establece como
Reglamento Particular de la
Prueba a efectuarse el próximo 10-08-14 en el autódromo de la
ciudad de Olavarría, las siguientes modificaciones e incorporaciones al actual
reglamento.
Art. 1°: Todos los automóviles inscriptos se separarán en
dos tandas identificatorias, como los de número par o los de número impar, de
acuerdo a la numeración del box que se le asigne.
Art. 2°: Todos los competidores están obligados a detenerse
entre la vuelta 10 y la vuelta 19 inclusive. Los vehículos pertenecientes a la
primera tanda (par) deberán hacerlo entre las vueltas 10, 11, 12, 13 ó 14. Los
vehículos pertenecientes a la segunda tanda (impares) deberán detenerse entre
las vueltas 15, 16, 17, 18 ó 19. En todos los casos será de libre elección del
piloto efectuar la detención.
En caso de entrar el Pace Car durante cualquiera de las
vueltas indicadas, se mantendrá el sistema de recambio con las mismas
modalidades.
Art. 3°: Los únicos trabajos que se permitirán en el momento
de la detención será la limpieza del parabrisas y la limpieza de la entrada de
aire al canalizador del radiador, cualquier otro tipo de trabajo o reparación
deberá efectuarse en la pertinente carpa de boxes.
Es opcional la detención o no del motor en el momento de
parar para el cambio de neumático. Se
permitirá la ayuda externa a los efectos que fuera necesario para el arranque
del vehículo.
La violación a estas disposiciones podrá ir desde un recargo
de tiempo hasta la desclasificación según sea la falta y a criterio del
Comisariato Deportivo.
Art. 4°: Prioridad de salida. La prioridad de tránsito en la
calle de boxes la tendrá el vehículo que circule por ella sobre el que
comienza a realizar la maniobra de
salida luego del cambio de neumáticos.
Art. 5°: Designación de Veedores. El control y supervisión
del trabajo de cambio de neumáticos será
realizado por un número de hasta 22 veedores, designados por este Ente
Fiscalizador, por su experiencia y conocimiento, y cuya nómina será entregada
al Comisariato actuante.
Art. 6°: Lluvia. En caso de lluvia los pilotos que decidan
cambio de neumáticos en carrera, darán con ello por cumplido el requisito de
esta reglamentación especial, mientras que quienes no lo hagan deberán, sin
excepción, cumplimentar con el cambio del neumático delantero derecho aquí
establecido.
Art. 7°: Boxes. Se
producirá un desplazamiento de 5
metros hacia atrás en la colocación de las carpas de
boxes como medida de seguridad. La asignación de la ubicación de los boxes para
cada equipo se realizará por sorteo, estando facultados los interesados que lo
deseen a presenciar el mismo.
Art. 8°: Identificación de auxiliares. Cada equipo podrá disponer de hasta un máximo de 4
colaboradores que deberán estar
provistos con chalecos identificatorios con el número del auto. Uno de ellos será el
encargado de dar la orden de detención y reinicio de marcha, luego del cambio
de neumático pertinente. Otro será el encargado y responsable del manejo del
criquet hidráulico (único permitido). Los restantes dos colaboradores harán el
recambio de neumático y torqueado de espárragos (reglamentarios exclusivamente).
El auxiliar encargado de dar la orden de detención y salida del vehículo
pertinente, deberá estar provisto de un cartel indicatorio y se adelantará
exclusivamente fuera de la franja pintada de seguridad a tales efectos, para que luego de detenido el vehículo queden
habilitados los 3 restantes auxiliares en dicha zona.
Art. 9°: El neumático obligatorio de cambio será
exclusivamente el delantero derecho. El
neumático a utilizar deberá ser uno de los 4 neumáticos nuevos sellados por la ACTC , que deberá llevar un
sello diferencial identificable.
Se permitirá la utilización de una pistola eléctrica de
cualquiera de las marcas en uso de la categoría para la extracción y ajuste de
los bulones de los espárragos pertinentes, no estando permitida la utilización
de mecanismos de extracción y colocación conjunta. Solamente será válido el
cambio de neumáticos con el ajuste y torqueado de las 5 tuercas, siendo
obligatorio el uso de torquímetro para la finalización de ajuste de cada
tuerca. La violación a estas disposiciones podrá ir desde un recargo de tiempo
hasta la desclasificación, según sea la falta, y a criterio del Comisariato
Deportivo.
Art. 10° Relocalización. Las personas acreditadas
habitualmente para boxes, en esta ocasión serán reubicadas en la tribuna
dispuesta a la salida de boxes, la cual aumentará su capacidad a tales efectos,
y en la que se colocará una pantalla gigante Led que permita la visualización
de los recambios de neumáticos, establecido por el presente reglamento.
Art. 11°: El día viernes 8 de agosto en que se realizan las
pruebas de entrenamiento, se intercalará una prueba obligatoria de
funcionamiento de la presente reglamentación.
Art. 12°: Por razones de seguridad éste RPP podrá
incorporar modificaciones pertinentes.